Sanción global prevista en la ley (comiso, multa y suspensión de licencia de conducir) no vulnera el principio del non bis in idem
El Tribunal Constitucional del Perú, mediante el Exp. N.º 02065-2021-PA/TC, ha señalado que, el recurrente no ha sido sujeto de una doble persecución por parte de los órganos estatales con poder punitivo (dimensión procesal), ni ha sido doblemente sancionado (dimensión material) con la imposición de una sanción única tasada en la Ley (comiso, multa para el tipo de infracción aduanera cometida por el actor.e

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