El Juez puede recalificar la participación de autor a cómplice sin modificar los hechos
La Corte Suprema, en la Casación N.° 2652-2024-Junín, precisó que el juez penal puede recalificar el grado de intervención delictiva —de autor a cómplice primario— al amparo del artículo 374.1 del Código Procesal Penal y del principio iura novit curia, siempre que los hechos imputados no se modifiquen. Esta recalificación no vulnera el derecho de defensa ni el principio de congruencia, porque no implica una ampliación del objeto procesal ni la introducción de nuevos cargos. En el caso concreto, la Sala Superior varió el título de imputación sin alterar la descripción fáctica, lo que fue convalidado por el Tribunal Supremo al no advertir afectación al debido proceso.

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