No basta la sola condición de padre o madre para invocar el interés superior del niño
La Corte Suprema de justicia conoció de un caso donde se invocó el interés superior del niño, a fin de solicitar la reducción de la pena. En este caso, enfatizó que no basta la condición de padre o madre para aplicar automáticamente esa reducción, sino que es necesario analizar en el caso en concreto el delito cometido y las circunstancias. No es posible su aplicación genérica y abstracta.

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