Colaboración eficaz. Beneficios. Contrataciones con el Estado
La Corte Suprema, mediante el Recurso de Casación N.°1957-2021/Nacional, ha señalado que la censura casacional se circunscribe al examen, desde las causales de inobservancia de precepto constitucional e infracción del precepto material, de la legalidad de la decisión del Tribunal Superior acerca de la determinación de los alcances de la eximencia de aplicación para las empresas integrantes del GRUPO ECONÓMICO ODEBRECHT del artículo 11 de la Ley 30225, numeral 11.1, literales m) y n).

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