Ausencia de voluntad de reparar el daño debe valorarse a efectos de determinar el peligro de fuga
La Corte Suprema, mediante Apelación N.° 112-2022/CSNJ Penal Especializada, se ha referido a la ausencia de la voluntad para reparar el daño como un criterio a evaluar para la determinación del peligro de fuga.

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