Juez debe tener la certeza del agotamiento de diligencias razonables realizadas para notificar al procesado en su domicilio real
El Tribunal Constitucional, mediante Exp. N.°02491-2018-PHC-TC/Puno, se pronuncia acerca de las debidas diligencias de la notificación a fin de no generar indefensión en los procesados.

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