El actor civil no puede apelar el extremo penal de una sentencia absolutoria
Recientemente, la Corte Suprema mediante la Apelación N.° 173-2024-Puno se pronunció en un caso donde la Sala condenó al investigado que había sido absuelto. En el presente caso, la Corte Suprema decidió la nulidad de la sentencia de vista puesto que la apelación no había sido interpuesta por el Ministerio Público, sino por el actor civil. Al no estar facultado para impugnar el extremo penal, acertadamente la Corte Suprema declaró la nulidad de la condena.

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