No se puede apelar al carácter delictivo de conversaciones privadas para convalidar una interceptación de las comunicaciones ilegal
El Tribunal Constitucional, mediante sentencia recaída en el Exp. N.° 01019-2017-PA-TC/Lima, se pronuncia en un caso en el que se alegaba la exclusión de prueba ilícita, que consistía en conversaciones telefónicas grabadas sin su consentimiento y presentados en un procedimiento administrativo.

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