En la Resolución de fecha 06 de setiembre de 2012, la Corte Interamericana de Derechos Humanos resolvió que el Estado de Venezuela debía adoptar medidas provisionales necesarias y efectivas para evitarla pérdida de vidas y de daños de las personas que se encontraban privadas de libertad en el Centro Penitenciario de la Región Andina, entre ellas, debían proteger a las mujeres que se encontraban internadas en dicho lugar que habían llegado a sufrir abortos al haber sido secuestradas en varias ocasiones por los internos.