Vigilancia y seguimiento arbitrario de efectivos policiales debe acreditarse debidamente
El Tribunal Constitucional, mediante sentencia recaída en el expediente N.° 00562-2017-PHC/TC Cusco, se ha referido al seguimiento y vigilancia de miembros de la Policía Nacional del Perú como supuesto de ser observado por el hábeas corpus.

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