Dejar incontestadas las pretensiones señaladas por el apelante aun cuando sus argumentos no hayan sido sustanciales, constituye vulneración del derecho a la motivación de las resoluciones judiciales
La Corte Suprema, mediante el Recurso de Casación N.° 2769-2021/Piura, ha señalado que corresponde analizar si de las causales expuestas se aprecia que solo contiene motivos que eventualmente justificarían el conocimiento de fondo de este medio residual en cuanto a la presunta vulneración de la garantía constitucional de la debida motivación de las resoluciones judiciales.

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