Los problemas de salud no son razón suficiente para la cesación de prisión preventiva
La Corte Suprema ha estimado que la decisión en Primera Instancia es correcta, en cuanto subyacen motivos objetivos y razonables que justifican la vigencia de la medida cautelar, en el extremo de que los problemas de salud no atienden a la necesidad, idoneidad y proporcionalidad de rescindirla. Por lo tanto, se declaró infundado el recurso de apelación.

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