Director de establecimiento penitenciario no puede arrogarse funciones jurisdiccionales en la concesión de beneficios penitenciarios
El Tribunal Constitucional, mediante STC recaída en el expediente N.° 00919-2022-PHC/TC Huancavelica, se ha referido a los beneficios penitenciarios concedidos a los reos, los cuales, luego de ser reconocidos en judicatura, tienen que pasar un trámite en el centro penitenciario a fin de ser atendidos.

Nuestras publicaciones de jurisprudencia