Lavado de Activos: anulan sentencia por vulneración al principio de legalidad y debida valoración de resoluciones judiciales
La Corte Suprema, mediante el Recurso de Nulidad N.° 2287-2019/Lima, ha señalado que un precedente vinculante constituye un lineamiento jurisprudencial de obligatorio cumplimiento. Su apartamiento solo puede encontrarse justificado en el respeto del orden constitucional y convencional. La ausencia de justificación sobre un apartamiento de la línea jurisprudencial contraviene el principio de legalidad y la garantía a la debida motivación de las resoluciones judiciales. Ambas operan como pilares de un debido proceso, por lo que su infracción recae en el supuesto de nulidad contemplado en el inciso 1, del artículo 298, del Código de Procedimientos Penales.

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