Peculado: percepción de caudales de procedencia ilícita
La Corte Suprema, mediante el Recurso de Casación N.° 1472-2021/Arequipa, ha señalado que admitió dicho recurso para el desarrollo de la doctrina jurisprudencial respecto a si la venta de boletos turísticos y el cobro de los mismos, sin tener como destino el erario, configura un hecho atípico del delito de peculado por apropiación; además, se admitió el recurso para analizar si se ha apartado del Acuerdo Plenario N° 4-2005.

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