No justificar apertura de cuenta de ahorros para fines distintos del fin extorsivo acredita el delito
El Tribunal Constitucional, mediante sentencia recaída en el Exp. N.° 00831-2017-PHC-TC/Lambayeque, se ha referido a un caso en el que no se ha acreditado que la cuenta de ahorros abierta se haya realizado por otros fines que no sean los extorsivos, teniendo en cuenta que al voucher de depósito como prueba directa.

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