Robo agravado: Corresponde reducir la pena porque el daño patrimonial generado a la víctima resulta ser mínimo
La Corte Suprema mediante el Recurso de Nulidad N.° 806-2020/Lima Sur ha señalado que, al haberse recuperado el bien sustraído -teléfono celular, el daño patrimonial generado a la víctima resulta ser mínimo, lo que sumado a la reducción por conclusión anticipada del juicio oral justifica la determinación de una pena concreta final que se traduce en razonable y proporcional.

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