Inhibición: La solidez del relato del magistrado es suficiente para configurar la amistad notoria
La Corte Suprema, en la Apelación N.° 52-2025/Corte Suprema, precisó que para declarar fundada una solicitud de inhibición por amistad notoria no se exige que el magistrado ofrezca medios de prueba materiales. Basta con que lo postulado por el propio magistrado sea sólido, descriptivo e inmediato, de modo que de sus propios términos pueda extraerse razonablemente la existencia de una relación de amistad que comprometa su imparcialidad. En ese sentido, el Tribunal Supremo concluyó que la sola exposición del magistrado, siempre que cumpla con dichos estándares, resulta suficiente para acreditar la causal invocada.

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