Coautoría y complicidad: Comportamientos no esenciales para la comisión del delito de tráfico ilícito de drogas
La Corte Suprema, mediante el Recurso de Casación N.° 566-2020/Loreto, ha señalado que la circunstancia agravante pluralidad de agentes alude exclusivamente a un nivel de coautoría o autoría funcional en el que se integran, cuando menos, tres personas con condominio del hecho. Por lo tanto, no hay agravante en función del número de partícipes, es decir, la pluralidad que señala la ley no incluye ni contabiliza a instigadores ni cómplices.

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