También se vulnera derecho de acceso a la información cuando la proporcionada es fragmentaria, desactualizada, incompleta, imprecisa, falsa, no oportuna o errada
El Tribunal Constitucional, mediante sentencia de fecha 29 de enero de 2003 recaída en el Exp. N° 1797-2002-HD/TC-Lima, se ha pronunciado acerca del contenido del derecho de acceso a la información.

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