In Dubio Pro Reo: El alto nivel de probabilidad no equivale a la certeza
La Corte Suprema, en el Recurso de Nulidad N.° 1119-2024, estableció que las contradicciones sustanciales entre las declaraciones de los agraviados y la versión del acusado impiden alcanzar el grado de certeza necesario para una condena. La Sala precisó que, conforme al Acuerdo Plenario N.° 2-2005/CJ-116, la incriminación solo tiene valor probatorio cuando cumple con las garantías de persistencia, credibilidad y verosimilitud. En este caso, al no haberse verificado dichas garantías, la sospecha o alta probabilidad de culpabilidad no bastan para desvirtuar la presunción de inocencia, aplicándose el principio in dubio pro reo.

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