Colusión: La persona jurídica puede ser instrumentalizada para que el particular se concierte con el funcionario público
La Corte Suprema, en el Recurso de Casación N.° 257-2025/CALLAO, precisó que un particular (extraneus) puede valerse de una persona jurídica para concretar el pacto colusorio con funcionarios públicos (intraneus). Este supuesto se materializa cuando la organización de la persona jurídica es empleada para favorecer la comisión del delito de colusión en el marco de su actividad empresarial. El Colegiado señaló, además, que la ley permite aplicar medidas a la persona jurídica y las hace pasibles también de recibir sanciones cuando se acredite su responsabilidad.

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