Abogado e imputado fueron notificados en fechas distintas: ¿Cuál es válida para el cómputo del plazo?
La Corte Suprema mediante el Recurso de Casación N.° 642-2020/Puno, ha precisado que al haber sido notificada electrónicamente la sentencia sobre la cual recae el recurso de casación; para la contabilización del plazo debe tomarse en cuenta el artículo 155-C del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

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