Interpretación del error de comprensión culturalmente condicionado y valoración de la pericia antropológica
La Corte Suprema, mediante el Recurso de Nulidad N.° 2183-2018/Cajamarca ha precisado que el artículo 15° del Código Penal implica el reconocimiento de la pluralidad cultural, como valor constitucional. Como tal ha de asumirse conforme a los principios de unidad de la Constitución, concordancia práctica y corrección funcional.

Nuestras publicaciones de jurisprudencia