La carga de probar corresponde a quien afirma los hechos que configuran su pretensión
La Corte Suprema, mediante Apelación N.° 82-2021/Corte Suprema, se ha referido al principio de la carga de prueba, respecto a la fundamentación que debe de realizarse para las argumentaciones que realicen y construyan la tesis defensiva.

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