Reducción punitiva efectuada por la Sala Superior vulneró el principio de legalidad
La Corte Suprema, mediante el Recurso de Nulidad N.° 1548-2021/Lima Sur, ha señalado que la Sala Superior incurrió en un error, al haber disminuido dos años por debajo del mínimo legal únicamente por las condiciones del procesado y las dos atenuantes genéricas (carencia de antecedentes penales y edad del acusado), pues estos factores únicamente sirven para graduar a pena dentro del margen punitivo conminado y no para disminuir o gravar la pena concreta parcial fijada.

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