Tráfico ilícito de drogas: Correcta interpretación de la agravante “cuando el hecho es cometido por tres o más personas”
La Corte Suprema, mediante el Recurso de Casación N.° 1256-2018/Huaura, ha señalado que el ámbito del presente pronunciamiento es si la Sala Superior inobservó lo dispuesto en el inciso seis, del artículo doscientos noventa y siete, del Código Penal, en razón de que en autos no existe la pluralidad de agentes que exige tal norma para su configuración.

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