¿Cuándo se configura el delito de peculado?
La Corte Suprema, mediante el Recurso de Nulidad N.° 2147-2017/Lambayeque, ha precisado que el peculado es un delito especial, característico de los injustos funcionariales. El círculo de sujetos activos se concreta en razón de la actuación funcional, en que se apropian o utilizan caudales o efectos, cuya administración, percepción o administración les fueron confiados en mérito al cargo.

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