Actos contra el pudor: Al valorar la testimonial de las víctimas los órganos jurisdiccionales deben aplicar el principio del interés superior del niño
La Corte Suprema, mediante el Recurso de Casación N.° 831-2019/Ventanilla, ha precisado los órganos jurisdiccionales deben aplicar el principio del interés superior del niño, el cual comprende una actuación tuitiva por parte de los operadores jurisdiccionales, a quienes corresponde la adecuación y flexibilización de las normas y la interpretación que de ellas se realice.

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