¿Ser abogado y tener dos domicilios justifica la imposición de prisión preventiva?
El Tribunal Constitucional del Perú, mediante el Exp. N.º 02463-2019-PHC/TC, ha señalado que tener dos domicilios o ser abogado constituye un peligro potencial y abstracto, no vinculado a la conducta procesal del imputado, que no puede sustentar una prisión preventiva.

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