La Corte Suprema, mediante el Recurso de Nulidad N.° 476-2021 , ha indicado que el error de tipo descriptivo (Art. 14 CP) —error en la edad de la menor— es vencible cuando el agente, de haber actuado diligentemente, pudo haberse percatado de la verdadera edad de la víctima. Por otro lado, nuestra legislación no contempla el delito culposo de violación sexual de menor de edad.