La conducta de ingesta de alcohol no deja de ser reprochable penalmente, pero produce disminución de la pena
La Corte Suprema, mediante la Casación N.°2845-2021/La Libertad, ha estimado que no se ha valorado adecuadamente el examen de dosaje etílico y la opinión del perito pues ambos no son suficientes para determinar la ausencia de una eximente imperfecta, por lo tanto, el juez debe aplicar la disminución de la pena debajo del mínimo legal.

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