No existe el extraneus en el delito de negociación incompatible
La Corte Suprema ha estimado que, el delito de negociación incompatible es un delito especial propio y, por lo tanto, el intraneus solo puede lesionar el bien jurídico del delito mencionado al infringir su deber y no el extraneus, quien no existe bajo el análisis de la autoría y participación.

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