¿Sustraer un bien para cobrar una deuda configura delito de hurto?
La Corte Suprema abordó un proceso por el delito de hurto agravado. Aunque se acreditó que los encausados sustrajeron la cosecha de papas que sembró el agraviado, el colegiado determinó que el objetivo de esta acción no era el lucro personal, sino que su conducta estaba dirigida a que el agraviado "salde la deuda que mantenía a la Comunidad". Por lo que, al valorar el apartado de la culpabilidad, el Tribunal concluyó que los procesados actuaron bajo un error de prohibición, debido a que creyeron erróneamente que actuaban amparados en una causa de justificación (ejercer el derecho de la comunidad a cobrarse la deuda).

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