Delito de robo agravado: La ausencia de lesiones en la víctima no determina que no se haya configurado la violencia típica
La Corte Suprema, mediante el Recurso de Nulidad N.° 485-2025-Lima, ha señalado que la acreditación del uso de violencia para la sustracción del bien no depende de que, con posterioridad al hecho, se constaten lesiones en la víctima. En el caso concreto, el tribunal consideró que constituye violencia física penalmente relevante el hecho de que la agraviada opusiera resistencia al robo y luego fuera empujada contra un vehículo estacionado, pues esta acción permitió que fuera reducida y se le arrebataran sus pertenencias. Si bien no se probó que la víctima sufriera lesiones, ello no elimina la magnitud ni el alcance de la violencia ejercida para efectos de la configuración del delito de robo.

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