La cadena perpetua en el delito de violación sexual
La Corte Suprema, mediante Recurso de Nulidad N°1080-2020/ Ucayali, precisó que las violaciones sexuales, per se, son hechos graves, por lo que la intervención mínima del derecho penal no constituye una limitación material y/o formal para aplicar una pena severa y con pleno respeto del ordenamiento jurídico.

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