Frente a antinomias jurídicas en las que coexistan una ley general y una ley especial, prevalece la ley especial
La Corte Suprema, mediante la Nulidad N.°1367-2021, Lima, ha estimado que la opinión vertida por el Ministerio Público en su dictamen es acorde a la aplicación de la norma por especialidad en el caso concreto.

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