Omitir pronunciarse sobre todos los agravios mencionados en la apelación no vulnera inmediatamente la debida motivación de resoluciones judiciales
El Tribunal Constitucional, mediante sentencia recaída en el expediente N.° 03070-2021-PHC/TC LIMA ESTE, se ha referido a la debida motivación de la resolución judicial que se pronuncia sobre una apelación tras sentencia condenatoria.

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