Imparcialidad: Imputado no podrá designar como nuevo abogado a quien previamente patrocinó a la jueza a cargo
La Corte Suprema, mediante el Recurso de Casación N.° 840-2018/Lambayeque, ha precisado una regla específica respecto de los abogados que asumen el patrocinio de las partes está contenida en el artículo 305 del Código Procesal Civil. Como consecuencia de la modificación introducida por la Ley 28524, en su oración final se incluyó que “Está prohibido al Abogado asumir una defensa que provoque el impedimento del juez” –se entiende que tal personación se ha de producir después de la radicación de la causa ante el juez correspondiente–.

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