TID: nulidad de sentencia condenatoria porque las declaraciones testimoniales no fueron sometidas a contradictorio
La Corte Suprema, mediante el Recurso de Nulidad N.° 624-2021/Huánuco, ha señalado que se verificó que estas declaraciones no fueron sometidas a contradictorio conforme con lo establecido en el artículo 262° del C de PP, al igual que las documentales que se detallaran en el fundamento quinto de la presente ejecutoria no debieron ser objeto de valoración.

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