Criterios para la prolongación de la prisión preventiva en casos de criminalidad organizada

La Corte Suprema, mediante Recurso de Apelación N° 57-2022/Lima, ha establecido criterios para proceder a la prolongación de prisión preventiva.

CRITERIOS PARA LA PROLONGACIÓN DE LA PRISIÓN PREVENTIVA EN CASOS DE CRIMINALIDAD ORGANIZADA

La Corte Suprema, mediante Recurso de Apelación N° 57-2022/Lima, ha establecido criterios para proceder a la prolongación de prisión preventiva.

En efecto, la Sala Penal Permanente ha señalado que, para disponer la prolongación de la prisión preventiva se requiere no solo la subsistencia del presupuesto y de los requisitos de la prisión preventiva, sino que debe agregarse la presencia de circunstancias (hechos, escenarios, entornos o situaciones) que importen una especial dificultad o una especial prolongación del proceso en su conjunto, sin perjuicio de enfatizarse la subsistencia del peligrosismo procesal. Al respecto, la Sala indica que deberá tenerse en cuenta: i) el tiempo de privación procesal de libertad que viene sufriendo el imputado; ii) que la extensión del tiempo no se deba a una falta de diligencia del fiscal, sino a situaciones que le son incontrolables o son infrecuentes; y, iii) que se demuestre el riesgo latente, concreto, de fuga o de obstaculización probatoria, sin perjuicio de valorar las circunstancias personales del privado de libertad y del caso concreto. En esa línea, lo que se exige es demostrar problemas específicos, incontrolables para la Fiscalía, que ralenticen la ejecución de las diligencias procesales de esclarecimiento, no aquellos que pueden esperarse como parte de una investigación contra una organización criminal.

Esta jurisprudencia es relevante, pues brinda alcances de la prolongación de prisión preventiva.

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