USO DE DOCUMENTO PÚBLICO FALSO: ¿LA SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN DE LISTA DE CANDIDATOS ES UN DOCUMENTO PÚBLICO O PRIVADO? [CASACIÓN 2455-2024/PASCO]
La Corte Suprema, mediante Recurso de Casación N° 2455-2024/Pasco, ha examinado si la solicitud de inscripción de una lista de candidatos presentado ante el JNE constituye un documento público o privado, a efectos de determinar si se ha configurado el delito de uso de documento público falso.
El colegiado precisó que “el formato de solicitud de inscripción de listas de candidatos, al registrarse no solo con los nombres de los candidatos postulantes, sino sus hojas de vida, planes de gobierno y sus firmas, conllevaron implícitamente a la aceptación por parte de estos ciudadanos de someter la información declarada al dominio público, pues, de la voluntad y participación popular, es de donde se orienta todo sistema electoral democrático, como el que rige en nuestro país. Con estas precisiones, es lógico y evidente que el documento insertado por la recurrente (…) únicamente estaba destinado a un manejo estatal, sin tener mayor relevancia o trascendencia en el ámbito privado, por lo que adquirió carácter público y así ha debido considerarse” (FJ. 5.17).
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