Gravedad de la pena no puede acreditar por sí sola el peligro de fuga

El Tribunal Constitucional, mediante Exp. N.° 02926-2019-PHC-TC/Piura, se ha pronunciado en un caso en el que se impuso prisión preventiva a una persona únicamente verificando dentro del peligro de fuga la gravedad de la pena y elementos abstractos, lo que a decir de la parte interesada viola la motivación de las resoluciones judiciales.

GRAVEDAD DE LA PENA NO PUEDE ACREDITAR POR SÍ SOLA EL PELIGRO DE FUGA (EXP. N.° 02926-2019-PHC-TC/PIURA)

El Tribunal Constitucional, mediante Exp. N.° 02926-2019-PHC-TC/Piura, se ha pronunciado en un caso en el que se impuso prisión preventiva a una persona únicamente verificando dentro del peligro de fuga la gravedad de la pena y elementos abstractos, lo que a decir de la parte interesada viola la motivación de las resoluciones judiciales.

El Tribunal Constitucional indica que, en el caso en concreto, únicamente se consideró como elemento objetivo para fundar la resolución en cuestión en este extremo, la gravedad de la pena, pues los argumentos adicionales que se exponen constituyen criterios abstractos que no determinan un real peligro de que el favorecido se sustraiga de la acción de la justicia y que, por ende, no se puedan cumplir los fines del proceso. La gravedad de la pena y de la conducta imputada son insuficientes por sí solas para establecer la existencia del peligro de fuga. En esa línea, este Tribunal advierte que no se realizó una valoración conjunta de aquel elemento con otros, como es el caso del comportamiento procesal del procesado, el cual, siendo uno de los más importantes, permite hacer una efectiva prognosis de la probabilidad de fuga del imputado sobre la base de la real conducta que ha manifestado a lo largo de la investigación.

Esta sentencia es importante porque restringa la valoración del peligro de fuga a una determinación de elementos plural, además de concretas y precisas, evitándose la alegación a meras abstracciones y la mera gravosidad de la pena.

[Accede a resolución en "Descargar"].

Pariona Abogados