Vulneración al secreto de las comunicaciones: que la investigada haya regalado su celular evidencia una renuncia a su derecho de propiedad

La Corte Suprema, mediante sentencia recaída en la Apelación N.º 162-2022-Callao se ha referido sobre el derecho al secreto de las comunicaciones.

VULNERACIÓN AL SECRETO DE LAS COMUNICACIONES: QUE LA INVESTIGADA HAYA REGALADO SU CELULAR EVIDENCIA UNA RENUNCIA A SU DERECHO DE PROPIEDAD [APELACIÓN N.º 162-2022-CALLAO]

La Corte Suprema, mediante sentencia recaída en la Apelación N.º 162-2022-Callao se ha referido sobre el derecho al secreto de las comunicaciones.

La Corte Suprema ha señalado que “[a] fin de verificar la posible vulneración del derecho al secreto de las comunicaciones de la recurrente, es preciso tener en cuenta la forma en que el celular —cuya información ha sido plasmada en el medio probatorio en cuestión— habría sido obtenido por terceras personas, y se tiene que, a diferencia del supuesto narrado en el Recurso de Apelación n.° 81-2022/Lima Este, el objeto no fue obtenido sin el permiso o conocimiento de la investigada, sino  que en el presente caso la investigada voluntariamente entregó su celular como regalo a su prima, sin borrar las conversaciones que tenía en dicho equipo con el investigado […]. Por ende, renunció a la propiedad de dicho bien asumiendo el riesgo de que la información contenida en este sea expuesta a terceras personas” (FJ. 6.16).

Esta sentencia es importante, porque identifica que el obsequiar el celular evidencia una renuncia a su propiedad y por tanto, asume el riesgo de la exposición de la información contenida en él.

Fuente: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/faces/page/inicio.xhtml

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