Usurpación: Vulneración de los principios procesales de inmediación y contradicción

La Corte Suprema, mediante la Casación N.° 541-2022, Cusco, se pronunció en torno a la valoración de la prueba personal en segunda instancia bajo principios procesales. El delito a colación fue contra el patrimonio, en concreto, usurpación agravada.

USURPACIÓN: VULNERACIÓN DE LOS PRINCIPIOS PROCESALES DE INMEDIACIÓN Y CONTRADICCIÓN [Casación N.° 541-2022, Cusco]

La Corte Suprema, mediante la Casación N.° 541-2022, Cusco, se pronunció en torno a la valoración de la prueba personal en segunda instancia bajo principios procesales. El delito a colación fue contra el patrimonio, en concreto, usurpación agravada. 

La Sala Penal Permanente consideró que “La Sala Penal de Apelaciones puede volver a analizar la prueba personal actuada en primera instancia, pero está supeditada a que haya sido entendida o apreciada con manifiesto error o de modo radicalmente inexacto, contrario a la sana crítica razonada (principios y reglas de lógica, máximas de la experiencia, conocimiento científico contrastable, lo notorio), o haya sido desvirtuada por pruebas practicadas en segunda instancia. Empero, ninguno de estos supuestos resulta equiparable con el juicio valorativo efectuado por la Sala de Apelaciones, pues descartó la declaración de la agraviada y de los testigos, recabada en juicio oral, sin que su valor probatorio haya sido cuestionado por una nueva prueba actuada en segunda instancia, con lo que infringió los principios procesales de inmediación y contradicción”.

Esta decisión es importante ya que brinda mayores alcances en torno a los principios que rigen en el proceso para la valoración de la prueba.  

[Accede a la jurisprudencia en "Descargar"].

Pariona Abogados