Una declaración jurada no permite una remoción de sentencia con cosa juzgada

La Corte Suprema, mediante sentencia recaída en la Revisión de Sentencia N.° 649-2021-Ica, se ha referido sobre la validez de la declaración jurada como prueba.

UNA DECLARACIÓN JURADA NO PERMITE UNA REMOCIÓN DE SENTENCIA CON COSA JUZGADA [REV. DE. SENT NCPP N.º 649-2021-ICA]

La Corte Suprema, mediante sentencia recaída en la Revisión de Sentencia N.° 649-2021-Ica, se ha referido sobre la validez de la declaración jurada como prueba.

La Corte Suprema señala que “[…] en reiterada jurisprudencia, ha establecido que las declaraciones juradas admiten prueba en contrario y no permiten la remoción de una sentencia que tiene la calidad de cosa juzgada” (FJ 5).

Esta sentencia es importante, porque realiza una valoración probatoria en torno a la declaración jurada. 

Fuente: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/faces/page/inicio.xhtml

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