UN RESULTADO POSITIVO DE ABSORCIÓN ATÓMICA NO ACREDITA DE MANERA FEHACIENTE QUE EL IMPUTADO REALIZÓ LOS DISPAROS [APELACIÓN N.° 374-2024-CAJAMARCA]
La Corte Suprema, en la Apelación N.° 374-2024-Cajamarca, precisó que la pericia de absorción atómica que detecta plomo, antimonio y bario en las manos del imputado constituye solo un indicio, no una prueba concluyente. En el caso concreto, aunque el examen dio positivo para los tres cationes compatibles con residuos de disparo, el Tribunal consideró que dicho resultado debía evaluarse junto con otros elementos: el imputado trabajaba en una carpintería metálica (posible contaminación laboral), ningún testigo lo vio disparar y al ser intervenido minutos después no portaba arma. Al analizar todo en conjunto, la Corte concluyó que no se desvirtuó la duda razonable.
El colegiado enfatizó que "[s]egún el perito de balística forense Luis [...], los casquillos de arma de fuego percutidos, encontrados en el lugar de los hechos, son de calibres distintos y fueron disparados por armas distintas, dictamen coincidente con el del perito balístico forense OFICRI PNP Juan [...], añade incertidumbre respecto a cómo se habrían suscitado los hechos, en tanto que es poco probable que el procesado haya efectuado disparos al aire con dos armas distintas y se haya deshecho de las dos; esta no es la hipótesis del Ministerio Público. La Pericia de Absorción Atómica n.° 2-2023, que informa sobre el hallazgo de plomo, antimonio y bario en las manos del procesado, constituye un indicio importante que revela la posibilidad de que este haya efectuado disparos, pero no es determinante; su suficiencia depende de su confrontación con otros elementos de prueba directos o indiciarios, especialmente si se trata de contraindicios.” [F.J. 6.22 y 6.23]
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