Trangresión del principio de buena fe procesal

La Corte Suprema, mediante la 1678-2022, Piura, se pronunció en relación al principio de buena fe procesal. El delito a colación fue contra la administración pública, en concreto, colusión agravada.

TRANSGRESIÓN DEL PRINCIPIO DE BUENA FE PROCESAL [Casación N.° 1678- 2022, Piura]

La Corte Suprema, mediante la 1678-2022, Piura, se pronunció en relación al principio de buena fe procesal. El delito a colación fue contra la administración pública, en concreto, colusión agravada.

La Sala Penal Permanente  consideró que “al momento de interponer la demanda de habeas corpus estaba en trámite el recurso de queja por denegatoria de casación; luego, la decisión de prisión preventiva aun no era firme, al punto que insistió en que esta Sala de Casación conozca del asunto que, por lo demás, el artículo 9, segundo párrafo, del Código Procesal Constitucional estipula que 'El habeas corpus procede cuando una resolución judicial, firme vulnera en forma manifiesta la libertad individual y la tutela procesal efectiva [...] Por tanto, es patente la transgresión del principio de la buena fe procesal; y, además, lo que establece el precepto legal antes invocado” (FJ 5).

Esta decisión es importante ya que brinda mayores alcances en torno a las formas de transgredir el principio de buena fe procesal.

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