Suficiencia probatoria para condenar por el delito de cohecho pasivo específico

La Corte Suprema, mediante el Recurso de Apelación N.° 26-2017/Huancavelica ha verificado la acreditación atribuida al encausado, quien en su calidad de juez supernumerario, realizó la conducta prescrita en el verbo rector “solicitar” en forma directa, esto es, solicitó un beneficio económico y un favor sexual, a fin de influir en la decisión de un asunto sometido a su conocimiento y competencia (a cambio de declarar procedente el beneficio de liberación condicional).

SUFICIENCIA PROBATORIA PARA CONDENAR POR EL DELITO DE COHECHO PASIVO ESPECÍFICO

La Corte Suprema, mediante el Recurso de Apelación N.° 26-2017/Huancavelica ha verificado la acreditación atribuida al encausado, quien en su calidad de juez supernumerario, realizó la conducta prescrita en el verbo rector “solicitar” en forma directa, esto es, solicitó un beneficio económico y un favor sexual, a fin de influir en la decisión de un asunto sometido a su conocimiento y competencia (a cambio de declarar procedente el beneficio de liberación condicional). 

La Sala Penal Transitoria ha señalado que la Sala Penal no solo examinó la prueba actuada con las debidas garantías, y realizó un análisis individual y de conjunto de las mismas, sino que advirtió la conducta configura el tipo penal imputado en concordancia con tales medios de prueba, tal valoración que materializó no vulneró las reglas de la sana crítica judicial (leyes lógicas, máximas de experiencia y conocimientos científicos). A su vez, la prueba de cargo es fiable, plural, convergente entre sí, y suficiente. La motivación no presenta defectos constitucionales (relativos a la motivación omisiva, incompleta o insuficiente, vaga, genérica, confusa, hipotética o contradictoria, y/o ilógica con relación a sus inferencias probatorias). Así, se determinó la responsabilidad penal del encausado y enervó el principio de presunción de inocencia que la ampara.

Esta decisión es relevante, pues brinda alcances del delito de cohecho pasivo específico. 
 

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Pariona Abogados