Solicitud de cambio de establecimiento penitenciario no puede fundarse en meras presunciones de peligro de integridad del interno

El Tribunal Constitucional, mediante sentencia recaída en el expediente N.º 02804-2019-PHC/TC Tacna, se ha pronunciado sobre la solicitud de cambio de establecimiento penitenciario.

SOLICITUD DE CAMBIO DE ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO NO PUEDE FUNDARSE EN MERAS PRESUNCIONES DE PELIGRO DE INTEGRIDAD DEL INTERNO [STC EXP. N.° 02804-2019-PHC/TC TACNA]

El Tribunal Constitucional, mediante sentencia recaída en el expediente N.º 02804-2019-PHC/TC Tacna, se ha pronunciado sobre la solicitud de cambio de establecimiento penitenciario.

El colegiado señala que “en el caso de autos, los recurrentes alegan que pese a existir indicios y notas de inteligencia de la intención de asesinar al favorecido, no han sido acogidas las reiteradas solicitudes para que el favorecido sea trasladado a otro establecimiento penitenciario; no obstante, la existencia de hechos que vulneran y ponen en peligro su integridad. Sin embargo, de la revisión detallada de autos, este Tribunal no advierte que exista tal amenaza ni vulneración, o que la misma sea real, cierta y concreta en detrimento de la integridad personal del favorecido; y, que, por el contrario, los argumentos se construyen sobre la base de presunciones” (FJ 6).

Esta sentencia es importante porque repercute en el derecho de los reclusos de ser protegidos en los aspectos de su vida e integridad en general.

Fuente: https://jurisprudencia.sedetc.gob.pe/sistematizacion-jurisprudencial/busqueda

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