Sobre la pericia psicológica y la personalidad en el proceso de formazión del menor víctima de violación

El Tribunal Constitucional, mediante sentencia recaída en el expediente N.° 00299-2022-PHC/TC Amazonas, se ha referido a la pericia psicológica  en casos de violación sexual

SOBRE LA PERICIA PSICOLÓGICA Y LA PERSONALIDAD EN PROCESO DE FORMACIÓN DEL MENOR VÍCTIMA DE VIOLACIÓN [STC EXP. N.° 00299-2022-PHC/TC AMAZONAS]

El Tribunal Constitucional, mediante sentencia recaída en el expediente N.° 00299-2022-PHC/TC Amazonas, se ha referido a la pericia psicológica  en casos de violación sexual.

El colegiado menciona que se “valora la pericia psicológica practicada al menor víctima de violación y expone que las conclusiones a las que se arriba en la pericia psicológica realizada corresponden a la de un menor de trece años con una personalidad en proceso de formación; en consecuencia, el ocultar información a sus padres con el fin de no causarles enojo o tristeza y a la vez por temor de ser castigado físicamente por estos, justifica su conducta y de ninguna manera puede ni debe ser tomado como fundamento para desacreditar la sindicación directa que realizó contra su agresor” (FJ 13).

Esta sentencia es importante porque valora la personalidad en proceso de formación como resultado de una pericia psicológica practicada en un menor de edad. 

Fuente: https://jurisprudencia.sedetc.gob.pe/sistematizacion-jurisprudencial/busqueda

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