Sobre el principio de proporcionalidad en el levantamiento de secreto bancario y reserva tributaria

La Corte Suprema, mediante Recurso de Apelación N.° 21-2024 Ucayali, se ha pronunciado sobre el principio de proporcionalidad.

SOBRE EL PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD EN EL LEVANTAMIENTO DE SECRETO BANCARIO Y RESERVA TRIBUTARIA [RECURSO DE APELACIÓN N.° 31-2024/UCAYALI]

La Corte Suprema, mediante Recurso de Apelación N.° 21-2024 Ucayali, se ha pronunciado sobre el principio de proporcionalidad. 

El colegiado supremo determinó que “principio de proporcionalidad, su concurrencia importa un juicio de ponderación entre los intereses en conflicto, a fin de apreciar si la injerencia en el ámbito de los derechos fundamentales se encuentra justificada; en esa línea, para verificar si la medida limitativa supera el test de proporcionalidad, deben concurrir los requisitos de idoneidad, necesidad y proporcionalidad en sentido estricto” (F.J. 12.2.).

Esta sentencia es importante porque se refiere a uno de los instrumentos reconocidos para su utilización en caso de evaluar qué intereses deberán primar cuando entren en conflicto.

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