¿SE PUEDE LEVANTAR EL ACTA POLICIAL EN UN LUGAR DISTINTO AL ESPACIO MATERIA DE INTERVENCIÓN? [Casación N.º 2752-2021 , La Libertad]
La Corte Suprema, mediante la Casación N.º 2752-2021 , La Libertad, se pronunció en torno a la legalidad del acta policial levantada en un lugar distinto del espacio materia de intervención. El delito a colación fue contra el patrimonio, en concreto, robo con agravantes.
La Sala Penal Permanente consideró que “Es de tener en cuenta que, en el presente caso, se trató de una intervención en cuasi flagrancia, en horas de la noche y en una zona peligrosa, como fue resultado por la policía en el acta de intervención, así como capturó a tres personas, de otros más que huyeron, luego de una balacera o fuego cruzado, por lo que resulta razonable la decisión policial de realizar en otro lugar el levantamiento de las actas”.
Esta decisión es importante debido a que confirma la posibilidad de levantar un acta policial en un lugar distinto de donde se realiza la intervención.
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